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¿Qué hacer si hemos sufrido una negligencia médica?

Entrevista a Rosa María Mauri, abogada de Aporcentaje

Tener un buen abogado es fundamental para muchísimas cosas de nuestro día a día. Tener un buen asesoramiento jurídico es algo que nos puede ayudar mucho y nos puede facilitar mucho la vida. Nosotros siempre acudimos a Aporcentaje, el gabinete jurídico que no cobra si el cliente no gana. En esta ocasión hemos entrevistado a Rosa María Mauri, abogada de Aporcentaje.

Compartimos un fragmento de la entrevista:

Pregunta: Hoy vamos a hablar de algo que pasa, por desgracia, muchas más veces de las que pensamos, de la prescripción para reclamar negligencias médicas. ¿Qué es esto de la prescripción?

Respuesta: Es algo que muchas veces no tenemos en cuenta porque por el propio paso del tiempo perdemos el derecho a reclamar cosa que nos hubieran correspondido. Mucha gente no sabe que cuando nosotros tenemos una acción que podemos reclamar, en este caso, temas de negligencias médicas, hay un plazo relativamente corto en el que debemos iniciar acciones de reclamación, si no prescribe y ahí es donde muchas veces los responsables tienen la excusa perfecta para no responder por lo sucedido.

P: Es decir, nosotros podemos sufrir una negligencia médica de cualquier tipo y esto no lo podemos reclamar varios años después. ¿Cuándo prescriben estas negligencias?

R: Efectivamente, Jordi. Es un tema complicado. El plazo de reclamación en temas de sanidad pública, que muchas veces lo habitual es de un año, y también es un año el plazo de reclamación en temas en los que nos ha atendido una mutua laboral. Incluso también es un año el plazo de reclamación en hospitales o médicos privados si el servicio nos lo ha prestado un seguro de salud, es decir, yo no he ido a ese médico y le he pagado sus honorarios, sino que al final ha sido un seguro de salud el que me ha pagado esa asistencia. Entonces si hay que reclamar a este hospital, este médico, el plazo también es de un año.

P: Un año, entiendo, desde por ejemplo, si a mí me han de operar, he de pasar por una intervención quirúrgica el 4 de mayo, podré reclamar hasta el 4 de mayo del año que viene. ¿Esto es así?

R: A veces sí, pero quizás no, porque a ti te pueden operar el 4 de mayo, y si se ha producido una negligencia es posible que se tengan que diagnosticar todos los daños…

¡Dale al play para escuchar la entrevista completa!

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