Hemos hablado con Rosa María Mauri, del bufete experto en valorar reclamaciones Aporcentaje, para hablar sobre si los accidentes cardiovasculares se consideran accidentes para reclamar un seguro de vida. Mauri nos ha aclarado diversas dudas como qué es exactamente un accidente cardiovascular, qué debe hacer el asegurado si le rechazan la indemnización o cuántos años tiene para reclamar, entre otras cuestiones.
¿Debemos prestar atención a la letra pequeña en los seguros de vida? ¿Están cubiertos en las pólizas los accidentes causados por un infarto cerebral o un ataque al corazón que da lugar a la muerte o invalidez? Nuestra audiencia también puede realizar consultas directamente a través de la página web www.aporcentaje.com, al número de teléfono 933 42 97 31 o por WhatsApp al 645 56 88 08.
Compartimos un fragmento de la entrevista:
Pregunta: ¿Qué es un accidente cardiovascular?
Respuesta: Es lo que comúnmente se considera infarto o ataque al corazón. Son accidentes cardíacos que, muchas veces, sin que existan antecedentes relevantes, sobrevienen a una persona durante el ejercicio de determinada actividad, por situaciones de estrés o cualquier otra situación externa. También hay que tener en cuenta el accidente cerebrovascular, también conocido como ictus o infarto cerebral, que, muchas veces, también proviene de causas súbitas o exteriores. En definitiva, son enfermedades que suceden al cuerpo, pero son inesperadas en la mayoría de las ocasiones.
P: En la ley de contrato de seguros, ¿qué se considera por accidente?
R: El artículo 100 de la ley de contrato de seguros contempla un accidente como toda lesión corporal que se causa de forma súbita, externa y que no depende del asegurado; es decir, que él no ha tenido nada que ver con el mismo ni ha tenido ninguna voluntad de que suceda.
P: ¿Los ictus o los ataques al corazón que dan lugar a la muerte o a la invalidez están cubiertos en las pólizas de accidentes?
R: Esto es muy interesante, porque depende mucho de cada caso. Desde el momento en el que se considera como accidente cardíaco o cerebral que ha surgido de forma inesperada –es decir, que no estamos hablando de una patología grave y previamente tratada–, hay pólizas en las que expresamente se recoge el accidente cardiovascular sin ningún problema, pero hay otras en las que únicamente se reconoce el accidente, y ahí hay que ver el caso concreto.
¡Dale al play para escuchar la entrevista completa!
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