Acaba la campaña de la renta y empieza la del impuesto de sociedades, y, con estas campañas, los asesores fiscales ocupan el centro de atención de las empresas. En muchas ocasiones, vemos noticias sobre fraude fiscal y persecución a empresarios, pero ¿los errores o delitos fiscales son siempre responsabilidad del administrador de la empresa? Hemos hablado sobre la responsabilidad de los asesores fiscales con Pilar Cuadrado, abogada de Aporcentaje, bufete experto en valorar reclamaciones que solo cobra si el cliente gana el caso.
Cuadrado también nos ha dado respuesta a otras cuestiones como de qué modo debe actuar un empresario ante una inspección y una imputación por un presunto delito o falta en material fiscal, y cómo podemos saber si un asesor fiscal es alguien preparado o no. Nuestra audiencia también puede realizar consultas directamente a través de la página web www.aporcentaje.com, al número de teléfono 933 42 97 31 o por WhatsApp al 645 56 88 08.
Compartimos un fragmento de la entrevista:
Pregunta: En cuanto se comete un delito o error fiscal –porque puede ser un error–, de quién es culpa: ¿del asesor o del administrador de la empresa –o del empresario u autónomo–?
Respuesta: Existen varias formas de establecer las responsabilidades. Una sería frente a la Administración Pública y en casos de cuantías defraudadas o que no se han satisfecho muy importantes. Esto sería la responsabilidad penal, y otra cuestión sería la responsabilidad civil de los propios asesores. En cuanto a la responsabilidad tributaria, no siempre que existe una falta de cuota corresponderá el asesor tributario; solamente en aquellos casos en los que colaboren activamente en la realización de Administración Tributaria. Es decir, si el cliente le ha dado mal los datos, el asesor fiscal no responderá ante la Administración Tributaria, evidentemente, sino siempre y cuando, de alguna forma, el asesor fiscal tenga una colaboración activa, directa y responsable en la comisión de la infracción. En ese aspecto, en cuanto a la responsabilidad penal, que es cuando esas cuantías ya son muy importantes –es decir, más de 120 000 euros, que es cuando empieza a ser delito de la cuota en la declaración de la cuenta–, también puede ser condenado el asesor fiscal, pero tiene que haber hecho una actividad importante en el diseño de ese fraude fiscal.
¡Dale al play para escuchar la entrevista completa!
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