Moratoria en la reforma concursal: Te lo explicamos todo
En el primer programa del año, hemos entrevistado a Alex Munné, director de operaciones de IAG Auction, la mayor empresa española especializada en subastas online de activos, acerca de la moratoria en la reforma concursal que anunció no hace demasiado la vicepresidenta primera del Gobierno de España y ministra de Economía, Nadia Calviño. A lo largo de la conversación, Munné nos ha aclarado que el concurso de acreedores no va de pérdidas o de desbalances, sino de insolvencia.
Compartimos un fragmento de la entrevista:
Pregunta: No hace demasiado que la vicepresidenta primera del Gobierno de España y ministra de Economía anunció una moratoria en la reforma concursal. ¿Qué implica esto para empresas como la tuya, Alex?
Respuesta: Escuché estas declaraciones y, aunque me consta que la ministra es una señora sobradamente preparada, a mi entender, confundió lo que viene a ser una situación concursal con lo que es la causa de disolución por desajuste del balance. Me explico: el concurso de acreedores no va de pérdidas o de desbalances, sino de insolvencia, por lo que es la propia insolvencia la que impone el concurso y no las pérdidas de un balance. La Ley 18/2022, de 21 de diciembre, estableció en su artículo 13 que las empresas emergentes con menos de 3 años desde su constitución no incurrirán en causa de disolución por pérdidas aunque dejen reducido su patrimonio neto a la mitad. Por lo tanto, no es exactamente una moratoria concursal.
P: Un recado que le mandas a la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Economía. No sé si tienes alguna esperanza de que se pueda corregir o que se pueda enmendar algo de esta moratoria.
R: No, de hecho, fue el mensaje que dio en la reunión, por lo que es correcto lo que se ha hecho. Es decir, no hay tal moratoria concursal y lo que vendría a ser la no obligación de presentar concurso de acreedores ya se extinguió este verano. Lo que habría ahora es una no obligación de tener que liquidar las empresas que entrarían en causa de disolución por desbalance. Por lo tanto, más que una moratoria concursal, se podría denominar una «moratoria contable de disolución por pérdidas», que estará vigente durante los próximos años 2023 y 2024.
¡Dale al play para escuchar la entrevista completa!
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