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Ya es posible tener un trabajo y cobrar el paro a la vez

Entrevista a Juan Carlos Angulo, socio de Riba Vidal Abogados

Con Juan Carlos Angulo, socio de Riba Vidal Abogados, hemos hablado del decreto que modifica el subsidio de desempleo que convalidó la semana pasada el Congreso de los Diputados, y de sus efectos para empresas y trabajadores. Es un decreto que indica un incremento de la mayoría de prestaciones una vez se ha acabado el periodo de cobro de la prestación, o bien para las personas que no tienen derecho a paro: pasa de 480 a 570 euros.

Pregunta: ¿Eso supone un incremento de cotizaciones también para las empresas?

Respuesta: Un incremento directo a las empresas, no, porque es que en realidad eso que lo soporta es el SEPE, es el Estado. No supone un incremento de cotizaciones. Este pago, que es un subsidio, va ligado a una situación por parte del trabajador, o en este caso la persona que está en situación de desempleo, que es el agotamiento del desempleo, o no tener los periodos que corresponden para poder acceder al desempleo, que sería como mínimo tener 360 días cotizados previamente a la situación de desempleo, y lo que viene es a compensar o asistir a esa situación. Es un subsidio que lo que viene es a intentar mitigar esa situación durante un periodo determinado. Evidentemente, eso comporta también que tenga asociado unas cotizaciones, es decir, se tiene por periodo cotizado en unas determinadas cuantías, pero a la empresa directamente eso no le afecta, porque el trabajador teóricamente ya está fuera de la empresa.

Pregunta: Se ha aprobado también mantener en el 125% la base de cotización a los mayores de 52 años. ¿Cómo ayuda esto a los trabajadores de cierta edad?

Respuesta: Esto es una de las novedades de este Real Decreto Ley. Y pese a que estos trabajadores no se ven beneficiados por el incremento, es decir, a los trabajadores mayores de 52 años se les mantiene la misma prestación que hasta ahora, se les mantiene en los 480 euros, no se acogen a las subidas, a los dos tramos de subida que hay para el resto de trabajadores, sí se ven beneficiados en cuanto a la cotización, es decir, la mayoría de estos trabajadores difícilmente se van a poder reinsertar algunos de ellos en la vida laboral, y a lo mejor para poder acceder a la jubilación necesitan continuar cotizando e ir acumulando periodos a efectos del cómputo de una posterior jubilación. Y, claro, lo que nadie quiere es que, por verte en esa situación de desempleo en la que no tengas trabajo y tengas que acudir a según qué tipos de ayudas, la cotización que has estado generando en una cuantía determinada durante un periodo largo de años te baje. Este incremento, que lo que supone es un 125%, que queda alrededor de los 1.653 euros, lo que ayuda es a mantener una cotización más elevada y más acorde con las cotizaciones previas. Y eso de cara a la jubilación les va a ayudar, evidentemente.

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