Hemos terminado el programa de hoy con Pilar Cuadrado, colaboradora del bufete experto en valorar reclamaciones Aporcentaje. La entrevista que hicimos a Cuadrado sobre reclamaciones de lesiones tuvo una gran acogida y hemos recibido muchas preguntas relacionadas con ello, por lo que hemos querido invitarla de nuevo para ampliar el tema.
En esta ocasión, Cuadrado nos ha dado respuesta diversas cuestiones como qué se debe hacer para reclamar una indemnización en caso de haber resultado lesionado, desde cuándo se puede reclamar, o si se puede reclamar más allá del tiempo que se ha tardado en curarse en el caso de las lesiones físicas. Si se han tenido gastos ¿se pueden reclamar? ¿Y si se ha dejado de ganar dinero?
Compartimos un fragmento de la entrevista:
Pregunta: ¿Si he resultado lesionado y creo que puedo reclamar una indemnización, ¿qué debo hacer?
Respuesta: Pues mira, lo primero, y aunque parezca un poco obvio, es ir al médico. Es conveniente ir al médico dentro de las 72 horas siguientes al accidente o a las lesiones, porque luego nos pueden decir que esas lesiones no derivan de ese accidente. También es muy importante hacer constar todas las dolencias que tenemos, que no se nos olvide nada, porque, si no, también podemos tener problemas. Después, evidentemente, tenemos que hacernos con toda la documentación médica, cuanto más abundante, mejor. Por último, necesitamos tener la documentación de gastos que podamos tener, por ejemplo, de la farmacia, de la ortopedia, de rehabilitación, del médico o de cualquier circunstancia que nos pueda interesar y que derive de esa lesión.
P: ¿Desde cuándo puedo reclamar?
R: Evidentemente, podemos reclamar desde el primer día, pero no sabremos la reclamación hasta el momento en el que estemos curados o estabilizados de las lesiones. Entonces, desde ese momento, tenemos habitualmente un año, aunque en Cataluña, en algunos casos en los que no haya legislación especial, tenemos 3, pero sí que es verdad que, a veces, ese plazo se alarga porque necesitamos tener alguna documentación o resolución en el ámbito laboral, por ejemplo, si tenemos alguna invalidez en el trabajo. En ese caso, contará desde que conseguimos la resolución, ya sea favorable a nosotros o nos diga que no tenemos ningún tipo de invalidez.
P: ¿En el caso de las lesiones físicas, puedo reclamar más allá del tiempo que he tardado en curarme porque se quedarán de por vida o por un tiempo más limitado?
¡Dale al play para escuchar la entrevista completa!
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