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Dos «padres», el biológico y el padre «de facto», enfrentados por una indemnización

Entrevista a Pilar Cuadrado, abogada de Aporcentaje

Aporcentaje es el gabinete jurídico experto en valorar reclamaciones que no cobra si tú no ganas. En esta ocasión hemos hablado con la abogada Pilar Cuadrado sobre una polémica sentencia del Tribunal Supremo, que decidió indemnizar al padre de facto de un joven fallecido en un accidente de tráfico, en lugar de al padre biológico. Pilar Cuadrado ha explicado que, aunque el accidente fue claro y la aseguradora indemnizó a la madre y la hermana, surgió la disputa sobre quién debía recibir la indemnización correspondiente al padre. «Lo que pasó es que había el padre biológico, que se había separado hacía mucho tiempo de la madre, y con el que incluso había habido una condena penal por el abandono de familia», ha señalado Cuadrado.

La clave del fallo del Supremo radicó en que el padre biológico había estado ausente en la vida del joven durante años. Cuadrado ha aclarado que «este padre realmente se había desvinculado de los hijos, tanto económicamente como afectivamente». En cambio, la pareja de la madre, quien había convivido con el joven desde los 13 años, desempeñó un rol fundamental de padre. El Supremo, al analizar las pruebas, determinó que «quien realizó esas funciones fue la nueva pareja o la pareja de la madre con la que estuvo el chico hasta que se murió».

La sentencia destaca la importancia de los vínculos afectivos y el cumplimiento de las responsabilidades parentales. «El Supremo vincula el afecto y la desvinculación del padre biológico», ha aclarado Cuadrado, explicando que, aunque legalmente no hubo una sustitución formal de la tutela, la pareja de la madre asumió el rol de padre. En este contexto, la indemnización solo se otorgó al padre de facto, ya que «no se podrá indemnizar a dos padres». La intervención de un abogado especializado es clave en estos casos, ha concluido Cuadrado, recomendando a los oyentes contar con un buen asesoramiento legal.

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